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La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación en la Asamblea de Madrid

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación en la Asamblea de MadridEuropa Press

El Debate accede a las diligencias íntegras del caso Begoña

La Fiscalía salió al rescate de la secretaria de Begoña Gómez y pidió anular las pruebas que la UCO obtuvo de su teléfono

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La Fiscalía Provincial de Madrid ha dado un giro llamativo en el caso de Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En un escrito de seis páginas al que ha tenido acceso este periódico, el Ministerio Público se adhiere al recurso de apelación presentado por la defensa de María Cristina Álvarez Rodríguez, la secretaria personal de la mujer del jefe del Ejecutivo, y pide expresamente anular las diligencias de investigación acordadas por el juez relativas al análisis de su teléfono móvil y de sus correos electrónicos.

La Fiscalía considera que esas pruebas fueron obtenidas vulnerando las garantías procesales y los derechos fundamentales de la secretaria de Begoña Gómez y que, por lo tanto, no pueden sostenerse legalmente. En palabras textuales del fiscal: «La resolución recurrida carece de cualquier motivación. No puede sostenerse, pues se encuentra viciada por la forma en que se ha obtenido».

El juez que ordenó estas diligencias es Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. Aunque el escrito del fiscal cuestiona sus resoluciones, juristas de reconocido prestigio trasladan a El Debate que el magistrado actuó conforme a derecho. De hecho, la Fiscalía se ve obligada a recordar jurisprudencia del Tribunal Constitucional aunque lo hace con un tono crítico hacia la forma en que se adoptó la imputación de la secretaria: «No se hace mención a la gravedad del hecho, ni a la intensidad de los indicios respecto de la persona en cuestión [...] La ausencia de análisis de todos los principios es evidente».

A pesar de estas críticas de forma, Peinado ya había actuado con prudencia al no imputar directamente a María Cristina Álvarez en un primer momento y limitarse a pedir la intervención de sus llamadas y correos en calidad de testigo. Solo más tarde, en enero de 2025, cambió su estatus procesal al considerar que había motivos suficientes. La Fiscalía, sin embargo, sostiene ahora lo contrario. Considera que el material que se estaba utilizando, en particular, los registros de llamadas de la secretaria con personal de la Universidad Complutense de empresas tecnológicas y de fundaciones que colaboraron con los másteres de Begoña Gómez, deben excluirse como prueba.

«Este material recabado de esta forma e incorporado así a la causa no puede sostener las diligencias acordadas, pues se encuentra viciado por la forma en que se ha obtenido». Además, la Fiscalía subraya con contundencia que «no se puede sostener que la motivación es suficiente por el mero hecho de afirmar que ‘es una medida idónea, necesaria y proporcional’ [...] No sabemos el porqué, ni a qué hecho se refiere, ni qué se persigue, o cuál es el delito a que se refiere».

En un movimiento que estos juristas califican de «poco técnico», la Fiscalía protege así a la secretaria de Begoña Gómez y plantea que las pruebas obtenidas por la Guardia Civil a través del análisis de su teléfono sean declaradas nulas. El escrito concluye con la petición de dejar sin efecto la resolución del juez instructor y declarar la nulidad de todas las diligencias asociadas, por haberse adoptado, según el fiscal, «prescindiendo de las normas elementales del procedimiento».

¿Conoces algún hecho irregular que quieres que investigue y cuente El Debate? Escribe a investigacion@eldebate.com si tienes pistas o indicios que consideras relevantes. La verdad siempre merece ser contada.

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